Excelente medida: Una jueza rechazó un amparo que buscaba instalar cupos femeninos en la Corte Suprema

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La presentación reclamaba que se dictara la inconstitucionalidad de la propuesta de Javier Milei por falta de mujeres en las nominaciones. Una jueza dijo que no había agravio y por lo tanto el planteo era inadmisible.

En un ejemplar fallo, la jueza en lo contencioso administrativo Macarena Marra Giménez rechazó un amparo en que se solicitaba que se declare la inconstitucionalidad del acto que postuló al juez Ariel Lijo y al académico Manuel García-Mansilla para integrar la Corte Suprema de la Nación.

El reclamo pedía que se le ordenara al Poder Ejecutivo Nacional que elevara una nueva propuesta que garantice la diversidad de género y que ambos puestos sean ocupados por mujeres, en vez de Lijo y García-Mansilla.

Al no presentarse conflicto alguno sobre el cual debería tratar la acción deducida, deviene manifiesto que ésta se torna inadmisible“, sostuvo el fallo. “Es que la cuestión resulta ajena a la esencia de la jurisdicción que el Poder Judicial se encuentra facultado a ejercer, que es la de resolver colisiones efectivas de derechos, y no emitir opinión en abstracto acerca de la validez de actos llevados a cabo por otros Poderes del Estado”.

Para el tribunal, “mediante la pretensión intentada se estaría decidiendo sobre una cuestión privativa de otros poderes del Estado, encaminada a ordenarle cómo obrar y decidir, o no, en una determinada materia en lo que pueda corresponder a aquéllos en lo pertinente de competencia propia, de acuerdo al principio republicano de división de poderes, siendo en base a aquél cuándo, cómo y dónde, es decir, en qué ámbito específico de actuación, deben operar los resortes de participación y/o control de los actores políticos que integran los órganos del Poder del Estado”.

La magistrada consideró además que la invocación de la aptitud de “ciudadano/a sin la demostración de un perjuicio concreto es insuficiente para sostener la legitimación a los fines de impugnar la constitucionalidad de una norma o acto de gobierno”.

La iniciativa había sido impulsada por el polémico constitucionalista Andrés Gil Domínguez y fue acompañada por Fundación Mujeres x Mujeres, que había adherido al amparo y solicitó que sea tenida como co-actora.

“Desde 2005, el Estado Nacional desarrolló una conducta progresiva que garantizó la diversidad de género en la integración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Bajo ningún punto de vista fáctico o argumental es posible justificarse una regresión estatal en lo atinente a la composición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación intentando imponer una integración compuesta exclusivamente por hombres”, decía el abogado.

Argumentó que dicha propuesta atenta de manera arbitraria y con ilegalidad manifiesta el derecho a la no discriminación con motivo u ocasión de género respecto del acceso a la integración de la CSJN, “siendo la obligación constitucional y convencional promover acciones positivas estatales que garanticen una igualdad real de oportunidades y de trato en el acceso de las mujeres a la integración del Alto Tribunal”.

 

 

 

 

 

Fuente: Derecha Diario

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