Los nuevos vencimientos dependen de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente o responsable.
Por medio de la Resolución General 5516/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada este viernes en el Boletín Oficial, se extienden los plazos para la presentación de declaraciones juradas y el pago de impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes personales correspondientes al período fiscal 2023.
¿A quiénes aplica?
- Personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y 2.151, sus respectivas modificaciones y complementarias.
- Sujetos alcanzados por la Resolución General N° 4.468, su modificatoria y sus complementarias (impuesto cedular).
¿Cuáles son los nuevos vencimientos?
Los nuevos vencimientos dependen de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente o responsable.
Tabla de vencimientos tanto para Ganancias como para Bienes Personales
Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: Fecha límite: 26 de agosto de 2024 (inclusive)
Terminación CUIT 4, 5 y 6: Fecha límite: 27 de agosto de 2024 (inclusive)
Terminación CUIT 7, 8 y 9: Fecha límite: 28 de agosto de 2024 (inclusive)
¿Por qué se extienden los plazos?
Según menciona el texto oficial, esta medida se debe a que el proyecto de ley que modifica los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales aún se encuentra en trámite en el Congreso de la Nación.
Fuente: Rioja Virtual